penal II
16-feb-2009, 19:34
Buenas tardes
soy una estudiante de derecho que está un poco perdida respecto de la resolución de dos casos de derecho penal, me gustaría que me ofrecieraís otros puntos de vista para confrontarlos con los míos y realizar una buena entrega.
los casos son:
CASO I
Sobre las 20 horas del día 25 de noviembre de 2007, Antonio Gómez Ruiz, de 40 años, coincidió en el Bar La Gaviota, de la ciudad de Santander, con María Bárcena Hernández de 30 años. Uno y otra habían mantenido relaciones afectivas hasta el mes de agosto del año anterior, en el establecimiento junto a María se encontraba una conocida suya llamada Juanita Rodríguez García.
Tras departir con ellas, Antonio las invita a cenar en su lujoso apartamento de la Avenida de Reina Victoria, de la localidad cántabra. Las dos mujeres acceden, y finalizada la cena, Antonio y María proponen a Juanita realizar un triángulo sexual, ya que la alcoba de Antonio dispone además de una magnífica cama circular. Ante la negativa e intento de abandonar la casa, Juanita es golpeada por ambos hasta que consiguen vencer su oposición. Después la desnudan y mientras Antonio la sujeta, María, con propósito de satisfacer sus instintos libidinosos, la introduce un envase de vidrio por la vagina y el ano de Juanita. Ésta ante tal vejación se desvaneció.
Antonio al observar que Juanita había perdido el conocimiento y que su estado físico era lamentable a consecuencia de las agresiones propinadas de acuerdo con María la mete en el trastero de la vivienda, bajo llave, hasta que mejorase de las lesiones.
A la mañana siguiente, el día 26 de noviembre de 2007, Antonio y María bajan al sótano, con el fin de proporcionar agua y comida a Juanita. Ésta, en el momento que aquéllos abren la puerta, intenta huir; inmediatamente es reducida con puñetazos y patadas, al tiempo que la advierten que no saldrá de allí hasta que desaparezcan los hematomas.
En las primeras horas del día siguiente (27 de noviembre de 2007), cuando María abre la puerta del trastero, Juanita de nuevo intenta escapar, lo que enfurece a María, quien con ayuda de Antonio le ata las piernas y las muñecas, propinándola nuevos golpes. Y para sofocar los gritos, la introducen sus propias bragas en la boca impregnadas de detergente, la amordazan y colocan una cuerda alrededor del cuello, dejándola encerrada; antes habían apagado varios cigarrillos en los pezones de Juanita.
Pasadas unas horas, al regresar de sus respectivos trabajos, Antonio y María se dan cuenta de que Juanita ha fallecido. Antonio dice que el se encargará de ocultar el cadáver, María sale del domicilio y, tras enterrar las ropas de Juanita, se traslada hasta la Comisaría de policía donde manifiesta al Inspector de guardia de que en los jardines de la Plaza de las Brisas hay una mujer muerta. Al lugar se dirige un vehículo policial, y luego de comprobar la veracidad del hecho e iniciada las oportunas pesquisas, Antonio Gómez Ruiz es detenido.
La autopsia reveló que la muerte se produjo por asfixia. Juanita contaba con 30 años de edad; soltera y madre de un hijo de 7 años.
CASO II
Sobre las 21 horas del día 18 de enero de 2007, Eusebio López Sánchez de 50 años de edad, circulaba en el vehículo de su propiedad Ford Focus, matrícula 2341.ABD, por la carretera Nacional 120 entre las localidades de Melgar de Fernamental y Osorno. Al llegar al cruce, con la N-611, que une las localidades de Palencia y Santander, punto de escasa visibilidad, Eusebio observa una señal de STOP pese a lo cual prosigue la marcha. En esa trayectoria, atravesando ya la vía, observa las luces de una motocicleta que circulaba correctamente. En ese instante, EUSEBIO frena bruscamente, pierde el control del vehículo y da alcance a la motocicleta. Su conductor Ignacio Pérez Ruiz, sale despedido y cae en la cuneta a una distancia de 15 metros del impacto. Finalmente, el Ford Focus, colisiona contra una furgoneta, propiedad de Antonio Molina, que se encontraba estacionada fuera de la carretera.
A resultas del golpe, el motorista Ignacio Pérez Ruiz pierde el conocimiento. Eusebio baja del vehículo y se aproxima a él, pero al ver el lamentable estado en que se encontraba, se asusta por las consecuencias que pudiera acarrearle la circunstancia de que carecía de seguro obligatorio que amparase los riesgos de la circulación. Por lo que decide abandonar, inmediatamente el lugar y continuar ruta a su destino.
A las 6,30 horas, madrugada del día siguiente, el motorista Ignacio Pérez es recogido por otro automovilista que le lleva a gran velocidad al Hospital Provincial de Palencia. Allí tras una intervención quirúrgica de urgencia, fallece a causa de las graves heridas y la pérdida de sangre sufrida a lo largo de la madrugada. A las 22 horas de ese mismo día, Eusebio López es detenido en un Club de alterne de la localidad zamorana de Benavente.
Los desperfectos causados en la motocicleta fueron tasados en 400 euros. Y los producidos en la furgoneta de 1200 euros.
Un saludo.
soy una estudiante de derecho que está un poco perdida respecto de la resolución de dos casos de derecho penal, me gustaría que me ofrecieraís otros puntos de vista para confrontarlos con los míos y realizar una buena entrega.
los casos son:
CASO I
Sobre las 20 horas del día 25 de noviembre de 2007, Antonio Gómez Ruiz, de 40 años, coincidió en el Bar La Gaviota, de la ciudad de Santander, con María Bárcena Hernández de 30 años. Uno y otra habían mantenido relaciones afectivas hasta el mes de agosto del año anterior, en el establecimiento junto a María se encontraba una conocida suya llamada Juanita Rodríguez García.
Tras departir con ellas, Antonio las invita a cenar en su lujoso apartamento de la Avenida de Reina Victoria, de la localidad cántabra. Las dos mujeres acceden, y finalizada la cena, Antonio y María proponen a Juanita realizar un triángulo sexual, ya que la alcoba de Antonio dispone además de una magnífica cama circular. Ante la negativa e intento de abandonar la casa, Juanita es golpeada por ambos hasta que consiguen vencer su oposición. Después la desnudan y mientras Antonio la sujeta, María, con propósito de satisfacer sus instintos libidinosos, la introduce un envase de vidrio por la vagina y el ano de Juanita. Ésta ante tal vejación se desvaneció.
Antonio al observar que Juanita había perdido el conocimiento y que su estado físico era lamentable a consecuencia de las agresiones propinadas de acuerdo con María la mete en el trastero de la vivienda, bajo llave, hasta que mejorase de las lesiones.
A la mañana siguiente, el día 26 de noviembre de 2007, Antonio y María bajan al sótano, con el fin de proporcionar agua y comida a Juanita. Ésta, en el momento que aquéllos abren la puerta, intenta huir; inmediatamente es reducida con puñetazos y patadas, al tiempo que la advierten que no saldrá de allí hasta que desaparezcan los hematomas.
En las primeras horas del día siguiente (27 de noviembre de 2007), cuando María abre la puerta del trastero, Juanita de nuevo intenta escapar, lo que enfurece a María, quien con ayuda de Antonio le ata las piernas y las muñecas, propinándola nuevos golpes. Y para sofocar los gritos, la introducen sus propias bragas en la boca impregnadas de detergente, la amordazan y colocan una cuerda alrededor del cuello, dejándola encerrada; antes habían apagado varios cigarrillos en los pezones de Juanita.
Pasadas unas horas, al regresar de sus respectivos trabajos, Antonio y María se dan cuenta de que Juanita ha fallecido. Antonio dice que el se encargará de ocultar el cadáver, María sale del domicilio y, tras enterrar las ropas de Juanita, se traslada hasta la Comisaría de policía donde manifiesta al Inspector de guardia de que en los jardines de la Plaza de las Brisas hay una mujer muerta. Al lugar se dirige un vehículo policial, y luego de comprobar la veracidad del hecho e iniciada las oportunas pesquisas, Antonio Gómez Ruiz es detenido.
La autopsia reveló que la muerte se produjo por asfixia. Juanita contaba con 30 años de edad; soltera y madre de un hijo de 7 años.
CASO II
Sobre las 21 horas del día 18 de enero de 2007, Eusebio López Sánchez de 50 años de edad, circulaba en el vehículo de su propiedad Ford Focus, matrícula 2341.ABD, por la carretera Nacional 120 entre las localidades de Melgar de Fernamental y Osorno. Al llegar al cruce, con la N-611, que une las localidades de Palencia y Santander, punto de escasa visibilidad, Eusebio observa una señal de STOP pese a lo cual prosigue la marcha. En esa trayectoria, atravesando ya la vía, observa las luces de una motocicleta que circulaba correctamente. En ese instante, EUSEBIO frena bruscamente, pierde el control del vehículo y da alcance a la motocicleta. Su conductor Ignacio Pérez Ruiz, sale despedido y cae en la cuneta a una distancia de 15 metros del impacto. Finalmente, el Ford Focus, colisiona contra una furgoneta, propiedad de Antonio Molina, que se encontraba estacionada fuera de la carretera.
A resultas del golpe, el motorista Ignacio Pérez Ruiz pierde el conocimiento. Eusebio baja del vehículo y se aproxima a él, pero al ver el lamentable estado en que se encontraba, se asusta por las consecuencias que pudiera acarrearle la circunstancia de que carecía de seguro obligatorio que amparase los riesgos de la circulación. Por lo que decide abandonar, inmediatamente el lugar y continuar ruta a su destino.
A las 6,30 horas, madrugada del día siguiente, el motorista Ignacio Pérez es recogido por otro automovilista que le lleva a gran velocidad al Hospital Provincial de Palencia. Allí tras una intervención quirúrgica de urgencia, fallece a causa de las graves heridas y la pérdida de sangre sufrida a lo largo de la madrugada. A las 22 horas de ese mismo día, Eusebio López es detenido en un Club de alterne de la localidad zamorana de Benavente.
Los desperfectos causados en la motocicleta fueron tasados en 400 euros. Y los producidos en la furgoneta de 1200 euros.
Un saludo.