belén2009
12-dic-2009, 17:50
Yo tengo una duda profesional. tengo una comparecencia por oposición a ejecución hipotecaria...y no voy por el banco. El propio artículo 695.2 de la LEC expone: "...el tribunal, mediante providencia, convocará las partes a una comparecencia...oira a las partes, admitirá los documentos que se presenten y acordará… de auto lo q estime procedente..."
1. Mi pregunta es en estos casos, ¿que se entiende por parte, la intervención del abogado o la declaración de los interesados, es decir, ejecutante- ejecutado?
2. si se entiende que somos parte los abogados, podré solicitar el interrogatorio del representante del banco o me la inadmitirán al entenderse literalmente pr el artículo q solo cabe prueba documental?
3. ¿ se suele tramitar como un juicio verbal y presentar testifical o no?
por último y en referencia a un supuesto q no se yo si nos podemos oponer...si se presenta la demanda con fecha 4 de diciembre y el auto de ejcución es de 16 de diciembre y los ejecutados abonan todas las mensualidades pendientes de pago de la hipoteca el 15 de dicembre, es decir, un dia antes del auto despachando la... ejecución ¿cabe oponerse en base al art 695.1.2º?
1. Mi pregunta es en estos casos, ¿que se entiende por parte, la intervención del abogado o la declaración de los interesados, es decir, ejecutante- ejecutado?
2. si se entiende que somos parte los abogados, podré solicitar el interrogatorio del representante del banco o me la inadmitirán al entenderse literalmente pr el artículo q solo cabe prueba documental?
3. ¿ se suele tramitar como un juicio verbal y presentar testifical o no?
por último y en referencia a un supuesto q no se yo si nos podemos oponer...si se presenta la demanda con fecha 4 de diciembre y el auto de ejcución es de 16 de diciembre y los ejecutados abonan todas las mensualidades pendientes de pago de la hipoteca el 15 de dicembre, es decir, un dia antes del auto despachando la... ejecución ¿cabe oponerse en base al art 695.1.2º?