Ver la Versión Completa : Robo con violencia
Hola a todas las personas que componen este foro.
Soy nuevo en él y por una serie de circunstancias estoy aquí.
El pasado 3 de Abril decretaron un Auto de Prision provisional sin fianza a mi novia por presunta participación en un robo con violencia e intimidación en las personas (juzgado de guardia). Dicho Auto fué confirmado posteriormente por el juzgado que le correspondían las diligencias.
Ella en ningún momento ha estado en el robo ni ha sido reconocida por ningún tipo de testigo, cámara, etc.. (de hecho no estaba¡¡) sin embargo existen escuchas telefónicas a ellas tras la declaración de otro de los imputados y que la acusó de organizar el robo.
Nuestra situación es la siguiente, de ella tienen conversaciones telefónicas que según policia judicial la implican como persona participante y por tanto presuntamente la imputan participación con la correspondiente posible pena de 2 a 5 años de prisión.
Mi novia tiene una hija menor de 10 años y hemos solicitado la libertad provisional con o sin fianza al juzgado de instrucción correspondiente. En caso de no obtenerla, nuestro siguiente paso es hablar con el fiscal y solicitar también la libertad provisional a la audiencia provincial.
Mi pregunta va en relación, debido al miedo que tengo de que puedan culparla en el juicio, si veis que sería "inteligente" llegar a un acuerdo con el fiscal ántes de que salga el juicio oral intentando obtener una pena máxima de 2 años con la consiguiente puesta en libertad (al no tener antecedentes penales). NOTA: En el caso existen 4 presos incluida mi novia. ¿Es necesario que el acuerdo sea entre todos? ¿O se pueden obtener acuerdos individuales?
Muchas gracias
clickabogados
26-may-2009, 22:08
Lo más aconsejable, a menos que vuestro abogado os indique que hay serios indicios para conseguir la absolución, es intentar negociar con el fiscal la pena de 2años (al no tener antecedentes, sería la única posibilidad para evitar la prisión, todo lo que esté por encima de los dos años es prisión segura).
La ley no impide la conformidad de uno de los imputados y la continuación del procedimiento para el resto, sin embargo, la práctica que siguen nuestros juzgados es otra; normalmente el fiscal presiona para que la confirmidad lo sea de todos o de ninguno.
En el peor de los casos, es decir, que esto acabara en una sentencia condenatoria por encima de los dos años, deberíais considerar la posibilidad del indulto (sobretodo por tener una hija menor, etc.), aunque también es cierto que tramitar un indulto si entre tanto ella está en prisión pierde un poco de sentido, es más lógico pedirlo para los casos de que se halle en libertad.
Suerte!! un saludo.
www.clickabogados.com
CONJUREM_ABOGADOS
26-may-2009, 23:02
Hola buenas tardes para poder dar una mejor respuesta necesito saber de donde nos escribe ya que las leyes cambian mucho.
Lic. Blanca nuñez
Hola:
En primer lugar quiero agradecer tu respuesta a mi consulta en este foro.
Comentarte que escribo desde Madrid.
Actualmente estamos intentando conseguir la libertad provisional hasta el día del juicio oral. Nos lo han denegado en el juzgado de instrucción y tenemos confianza en que lo podamos obtener en la Audiencia Provincial. Hemos justificado el "arraigo" con documentos de escolarización de su hija desde hace 8 años, así como informe de vida laboral.
Nuevamente muchas gracias por la atención prestada
Se me olvidó comentar que mi novia es extranjera (rumana) y tal vez esto no juega muy a favor nuestro por el tema de riesgo de fuga aunque justifiquemos un arraigo existente. ¿Cual es tu opinión?
clickabogados
27-may-2009, 10:32
La prisión provisional puede acordarse por varios motivos, sin embargo, parece claro que en este caso se ha acordado para evitar el riesgo de fuga atendiendo a la nacionalidad rumana de la imputada y a la gravedad de la pena que se le podría llegar a imponer.
Tu abogado ha hecho bien acreditando el arraigo: hija escolarizada en españa, años de residencia aquí, relación sentimental estable, vida laboral, domicilio, etc. Sobretodo, a los efectos del recurso es importante hacer constar la dependencia de esa hija respecto de la imputada y la necesidad de aquella de estar con su madre por los cuidados que precisa.
Otros extremos a tener en cuenta en el recurso son: falta de antecedentes penales, falta de indicios suficientes en la causa que permitan atribuirle el hecho delictivo, para el caso de que le fuera aplicable alguna antenuante decir que la pena que se le podría llegar a imponer podría ser de dos años y, por consiguiente, se le podría suspender, lo que no acreditaría el riesgo de fuga, etc. Tu abogado es quien mejor conoce la causa y decidirá cómo enfocar ese recurso.
Finalmente, comentarte que siempre es aconsejable que el abogado se pase a hablar directamente con el Juez, una vez haya presentado el recurso.
Una última cosa, teneis ya fecha de juicio (juicio rápido) o se están tramitando diligencias previas? Porque de tratarse de un juicio rápido, la ley establece que deberá enjuiciarse dentro de los 15 días siguientes (esto no se cumple por la conjestión de los Juzgados), si teneis señalado el juicio a unos meses vista, también se puede utilizar esta circunstancia como argumento para recurrir la prisión; cuando la ley prevé este plazo tan corto, no podemos mantener en prisión provisional a alguien durante tanto tiempo.
Todo esto no dejan de ser posibles argumentos, evidentemente la Audiencia Provincial podría acordar el mantenimiento de la prisión.
Suerte.
Hola de nuevo ¡¡
Que rapidez ¡¡ así dá gusto preguntar ¡¡ Muchas gracias.
En cuanto a todos los documentos mencionados, todos ellos han sido aportados y ya están en manos de fiscalía. Nuestro abogado visitó a la fiscal y ella le comentó que mientras estén las diligencias abiertas "nadie" sale de forma provisional. También ha hablado con el juez e idem.
La idea es volver a hablar con ellos pero dejar cierto tiempo para no "agobiar" la situación ¡
Aun no tenemos fecha de juicio porque según el fiscal todavía están abiertas las diligencias (aunque no creo que quede mucho más). En cuanto a lo del juicio rápido lo he comentado al abogado y me dice que en principio no puede solicitarse. Yo sigo pensando que sí por lo que he leido en el CP.
La verdad hasta fecha de hoy no sabemos cuando podría salir el juicio, pero me dá que va para largo ¡¡ (espero equivocarme ¡¡)
Nuevamente gracias por tus comentarios
¿Crees que es más fácil obtener la libertad provisional bajo fianza en la Audiencia Provincial que en el Juzgado de Instrucción? ¿O por el contrario si han dicho que no en el Juzgado de Instrucción es probable que también digan que no en la AP?
clickabogados
10-jun-2009, 22:37
Conseguir la libertad no es más fácil ni en la audiencia ni en el juzgado, siempre dependerá de cada caso y del juez o tribunal que resuelva, ahí no puedo darte una indicación, se trata de enfocar adecuadamente el recurso, de presionar también al juez instructor, de trabajar por conseguir la mayor rapidez en el cierre de las diligencias previas para así celebrar antes el juicio, etc. Todo eso será labor de su abogado, es cierto que a menudo trabajamos duro para conseguirlo y no obtenemos un resultado positivo, pero creo que hay que intentarlo.
En cuanto a lo que comentas de la posibilidad de pasarse a juicio rápido, ya te avanzo que efectivamente, tu abogado está en lo cierto, es decir, si se ha tramitado como diligencias previas ese es el trámite y no el juicio rápido, de modo que ahora hay que esperar al cierre de la instrucción (de las diligencias previas) y al señalamiento del juicio oral.
Un saludo.
Hola:
Gracias por tu respuesta.
Supongo que no es fácil ni en la AP ni el el juzgado. No obstante, sigo teniendo fé que la valoración sea más objetiva en el juzgado maldito de leganés. El enfoque del recurso se ha centrado en su hija menor, en que está escolarizada aquí desde hace 9 años y en la vida laboral de su madre (9 años siempre trabajando) básicamente. Supongo que la niña es nuestra única carta ¡ En cuanto "presionar" al juez y fiscal, nuestro abogado a ido a hablar con la fiscal y de momento nada. Pero supongo que seguirá intentándolo. Espero que al menos así lo haga ¡¡ ufff
En cuanto a la aclaración del juicio rápido... gracias.
¿Tanto tiempo dura en salir un juicio oral por procedimiento abreviado con causa con presos? Uffff joder como funciona la maquinaria administrativa judicial.
En fin, nuevamente muchas gracias por tu información
un saludo
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